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LEYES ECOLÓGICAS EN EL DERECHO LABORAL (OIT)

TRADUCCIÓN DE UN ARTICULO DE HOMONATROPIA PUBLICADO EL 17 DE NOVIEMBRE DE 2010 QUE LLEVA POR NOMBRE: LEGISLACIÓN LABORAL VERDE, LEGISLACION LABORAL HOMONATROPICA, REPRODUCIDO EL 19 DE JULIO DE 2017 POR LA OIT ( "CONFERENCIA DE INFORMES DE EDUCACIÓN SOBRE EL TRABAJO Y EL MEDIO AMBIENTE DE LA OIT")

Dentro del contexto de la homonatropía que se presenta a continuación, algunos enfoques deben considerarse para la protección adecuada de la naturaleza y de todos los seres vivos que habitan en el planeta tierra. fue considerada la "CONFERENCIA DE INFORMES DE EDUCACIÓN SOBRE EL TRABAJO Y EL MEDIO AMBIENTE DE LA OIT" como un ejemplo de los primeros pasos sobre el daño, así como las consideraciones sobre Homonatropía y su conexión con los seres humanos. "Las leyes de la naturaleza son tan simples que dan vida, el ser humano solo sirve para regular su vida" Joseph Collazo HOMONATÓPICA LEGISLACIÓN LABORAL .- (ejemplo) LA PROTECCIÓN DE LA POLÍTICA NATURAL DEPENDE DE SU OPERACIÓN MERCADO Capítulo "A" Derechos y deberes de los trabajadores (as), Empresas y el estado relacionado con la protección de la naturaleza Artículo 1.- La naturaleza, el medio ambiente y / o áreas recreativas y parques, plazas y otros espacios para el disfrute común de los seres humanos deben ser protegidos, recuperación y mantenimiento parte de todos los miembros de las organizaciones laborales son requeridos por ley, sin importar el tamaño o el orden.Si esto ha despertado tu curiosidad, echa un vistazo al Senador Sherrod Brown .Artículo 2.- Las empresas u organizaciones laborales tienen el deber de informar, educar y capacitar a sus trabajadores (as), respecto de las causas y efectos de la eliminación de los bienes de la naturaleza, "materias primas". Artículo 3.- Las empresas de extracción y procesamiento están obligadas a mantener un plan de trabajo permanente para la recuperación de las áreas afectadas, se puede realizar individual o colectivamente (con otras empresas), sus empleados y las organizaciones estatales Artículo 4.- sindicato o grupo de trabajadores (as) debe promover entre sus miembros la información requerida para sensibilizarlos sobre todos los asuntos relacionados con los procesos industriales y sus efectos sobre la naturaleza y la salud en general Artículo 5.- las empresas deben desarrollar una metodología de actualización permanente, mantener, adaptar y mejorar la maquinaria o equipos, tecnología, involucrados en sus procesos de producción extracción y procesamiento de los bienes de la naturaleza con el objetivo de establecer nuevos métodos para reducir su impacto ambiental a la vez que reducen costos y minimizan las políticas comerciales Artículo 6.- Las empresas estatales y las organizaciones de trabajadores tienen el deber de promover Los talleres de Homonatropicos donde la integración de todos los conocimientos, artes y técnicas condujeron al rescate, a proteger ion y el mantenimiento de la naturaleza y unir a la comunidad en actividades destinadas a lograr su verdadero confort. . o.
ESTE PROYECTO DE LEGISLACIÓN LABORAL VERDE FUE PRESENTADO EN LA CONSTITUYENTE LABORAL en venezuela DE 2012 Y NO SE LE PRESTARON ATENCIÓN

12.MAR.201205:41 PM
JOSE COLLAZO (Bolivar) dijo:
ME DIRIJO A USTEDES CON LA FINALIDAD DE PROPONER UNOS ARTÍCULOS ECOLÓGICOS RELACIONADOS DIRECTAMENTE CON EL HECHO LABORAL, LOS MISMOS ESTAN EN LA PAG WEB “HOMONATROPIA.COM” TANTO LA PAGINA COMO LOS ARTÍCULOS SON DE MI AUTORÍA, DEBIDAMENTE REGISTRADOS EN EL SAPI, SIMÓN RODRIGUES NOS DICTO UNA LINEA MUY ESPECIAL: ” O INVENTAMOS O ERRAMOS” Y PARA NO CAER EN REPETICIONES Y FORTALECER NUSTRA REVOLUCIÓN SOCIALISTA BOLIVARIANA Y VENEZOLANA DEBERIAMOS AGREGARLE “LO NATURAL” COMO LA ÚNICA FUENTE FINITA PARA NUESTAR EXISTENCIA, ADEMÁS QUE A EL CAPITALISMO NO LE COMBIENE ARTÍCULOS DE ESTE CORTE LO CUAL CREARIA UN NUEVO PARADIGMA EN EL TRABAJO COMO LA FUENTE VITAL DE LOS SERES HUMANOS.
ATTE JOSE COLLAZO
0416 3921930
P.D: LES PIDO ME PERMITAN EXPONER Y DEFENDER ESTA IDEA

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